Preguntas Frecuentes

Por dos razones principales.
En primer lugar, porque trabajamos con unos márgenes de beneficios más reducidos. En segundo lugar, porque nuestros clientes sólo pagan las piezas y la mano de obra de las reparaciones.

Las grandes corporaciones tienen grandes gastos: Estructuras muy grandes y caras de mantener, ¿quién paga estos millonarios gastos? Usted en su factura de reparación del ascensor.

EN EC ASCENSORES, REPARAMOS Y CONSERVAMOS ASCENSORES. Ese es nuestro oficio y sólo cobramos por eso, lo que supone un importante ahorro para los clientes.

El mantenimiento y las reparaciones de los ascensores están regulados y controlados por la Delegación Provincial de Industria, que es la misma para todas las empresas, grandes o pequeñas.

Cuanto mayor sea la empresa más costes de mantenimiento tendrán y más le subirá la factura al
consumidor.

Le ofrecemos el servicio de mantenimiento y reparación de su ascensor por personal altamente cualificado, algunos con más de 20 años de experiencia trabajando para las primeras marcas del mercado, en calidad de trabajadores autónomos.

Sí, todas las empresas de conservación y reparación de ascensores y montacargas tienen que estar autorizadas por la Delegación Provincial de Industria, además todos los ascensores están controlados e inspeccionados por empresas colaboradoras de la Delegación Provincial de Industria que realizan controles periódicos.

La calidad en el mantenimiento y conservación de ascensores es igual para todos, “no existen segundas calidades” todas las empresas autorizadas tienen los mismos controles.

EC ASCENSORES cumple con todas las normativas exigidas para la realizar la actividad:
Está registrada en la Delegación Provincial de Industria como empresa conservadora de ascensores con su número de conservadora.

Además EC ASCENSORES pone a disposición de los clientes un Seguro Responsabilidad Civil de 300.000€ que cubre la responsabilidad de la empresa en su actividad diaria, frente a los usuarios.

Sí, por ley las comunidades están obligadas a tener un contrato de mantenimiento del ascensor con una empresa conservadora autorizada, pero estas no pueden convertirse en un oligopólio, obligando a las comunidades a pagar unos precios desorbitados.

El contrato que su comunidad tiene con la empresa “X” no puede representarles un perjuicio económico, si la comunidad tiene una oferta de otra empresa conservadora por debajo de lo que la empresa “X” le está cobrando, tanto por el mantenimiento o por reparaciones, la empresa “X” tendrá que igualar la oferta o perder el contrato de mantenimiento, en aras de una competencia justa.

Hay que tener en cuenta que la propiedad del ascensor es de la comunidad y que ésta la forma un grupo de vecinos, cada uno con sus particularidades económicas, por tanto la comunidad puede unilateralmente rescindir un contrato abusivo.

La empresa “X” podrá reclamar lo que se enmarca y recoge en el código civil “perdidas demostrables exigibles” , pero en ningún caso ?enriquecimiento injustificado”.

La garantía de los productos viene recogida por ley y es de 24 meses, el fabricante está obligado a mantenerla al margen de quién realice el mantenimiento.

La comunidad puede cambiar de compañía por causa justificada… precio, mal servicio… y puede hacerlo cuando estime oportuno, tendrá que seguir pagando la cantidad pendiente en los plazos pactados en el contrato de financiación o cancelar la deuda si lo estiman oportuno.

En mi Comunidad hace unos meses realizamos la reforma del ascensor, no estamos de acuerdo con el mantenimiento de la empresa que realizó la reforma, cuando le comenté a la empresa la intención de cambiar de empresa de mantenimiento, se nos dijo que el ascensor tiene un sistema que solo ellos pueden mantener ya que esta patentado. ¿Es esto posible?

Puede ser cierto que la empresa “X” vendiera una maniobra para el ascensor propia y quizás patentada, pero la patente solo protege de copias del producto, cuando vendió la maniobra a la comunidad junto con el resto de adecuaciones, vendió un equipo que tiene que cumplir la normativa tanto de funcionamiento como de mantenimiento. Por tanto está obligada por ley a entregar una consola de mantenimiento sin restricciones, para poder realizar el mantenimiento del ascensor, ya que forma parte del correcto funcionamiento del ascensor, por tanto el sistema patentado no imposibilita que cualquier técnico cualificado pueda repararlo. Usted puede exigir la consola de su ascensor ya que sin ella el sistema está incompleto e incumple la normativa, dado que no se le puede hacer el mantenimiento obligatorio.

La empresa “X” está obligada por ley a vender aparatos que tengan todos los componentes para su correcto funcionamiento y mantenimiento, la venta de un componente incompleto que impida realizar algunas de las tareas legalmente exigidas, representa un hecho denunciable por varias vías.

Una empresa que vende productos incompletos, esgrimiendo una patente por la que somete y coarta la libre elección de la comunidad, no está actuando conforme a la ley.

Tenga en cuenta que este tipo de comportamientos son poco habituales, pero se dan, hoy día las empresas conservadoras cuentan con soluciones a este problema.

Mi comunidad tiene un contrato de los denominados “semi-riesgo” de mantenimiento del aparato elevador, no estamos contentos con el servicio y la comunidad se plantea cambiar de empresa, pero la empresa dice que como ha realizado algunos trabajos de conservación no podemos cambiar de empresa. ¿Es esto verdad?

La comunidad por motivos justificados puede rescindir el contrato unilateralmente, ya que se trata del mantenimiento de una propiedad suya.

La empresa “X” podrá reclamar lo que sea justo por ley, de la mencionada reforma, hay que aclarar que el precio no puede ser abusivo ni arbitrario, hay que valorar la reforma realizada y ver lo cobrado por el mantenimiento de “semi-riesgo” reformas que normalmente suelen ser pequeños mantenimientos, por tanto en la mayoría de casos lo cobrado por la empresa “X” supera con creces las pequeñas reformas.

Hay que tener en cuenta que hay muchos contratos de mantenimiento, no son todos iguales, por tanto se trataría de estudiar caso por caso, para poder valorar con mayor exactitud los casos.

Cuando he comunicado mi intención de causar baja a mi antigua empresa de mantenimiento, esta ha enviado un comercial a comunicarme que igualan el presupuesto de EC ASCENSORES.

En algunas ocasiones nuestros clientes se han encontrado con esta situación. Su antigua empresa conservadora con tal de no perder el cliente acepta los competitivos presupuestos de EC ASCENSORES En este caso el cliente tiene la libertad de quedarse con la empresa antigua o cambiar a la nueva empresa.

Nuestra experiencia nos dice que, pasados unos meses de esta situación, los clientes que decidieron quedarse con su antigua empresa, han vuelto a ponerse en contacto con EC ASCENSORES ya que han detectado un aumento de pequeñas reparaciones (botones fundidos, puertas encalladas?) que permiten a la empresa conservadora acabar facturando casi lo mismo que con su anterior presupuesto.

Algunas empresas actúan como si los aparatos elevadores fueran de su propiedad, pero el ascensor es propiedad exclusiva de los vecinos de la comunidad , por tanto estos pueden libremente elegir la empresa que más les interese para realizar el mantenimiento y reparación de su ascensor. Los contratos abusivos y arbitrarios pueden ser rescindidos por una de las partes.

Por calidad y precio EC ASCENSORES.
El mantenimiento de su ascensor en buenas manos.
Recuerde, con nosotros AHORRARA HASTA UN 50%.
¡Consúltenos!